TÍTULO 9 – DE LAS ELECCIONES Y DE LA ORGANIZACIÓN ELECTORAL

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El titulo 9 de la constitución política de colombia lo conforman 3 capítulos y los artículos 258 al 266 y establecen la cantidad de miembros que comprendan el consejo nacional electoral y el tiempo por el cual serán elegidos por el consejo de estado, las atribuciones que tiene el consejo al igual que el registrador nacional del estado.