TÍTULO 7 – DE LA RAMA EJECUTIVA

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Los artículos 188 al 227 y con 8 capítulos se conforma el título 7 de la constitución política y en los cuales se establecen las funciones, obligaciones y deberes de la rama ejecutiva, lo que simboliza el presidente de la república y jefe de estado, del gobierno, del vicepresidente de los ministros y directores de los departamentos administrativos , de la función administrativa, de los estados de excepción, de la fuerza pública y de las relaciones internacionales.